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Ley Vigente

Disposición adicional primera. Atribución de competencias y representantes en órganos colegiados.

Disposición adicional primera de la Ley 11/2007, de 29 de marzo, de creación del Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-10030

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-09.

Texto consolidado

1. Las competencias que las diferentes normas de conservación de la naturaleza anteriores a la presente ley hayan atribuido a órganos de la Consejería competente en materia de medio ambiente, a excepción de las atribuidas expresamente a su titular, pasan a atribuirse a la persona titular de la Dirección del Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha, en las materias propias del citado Organismo.

2. Todas las funciones ejecutivas o de carácter vinculante que la normativa precedente de Parques Nacionales otorgase a los Patronatos de los Parques Nacionales de Cabañeros y Tablas de Daimiel serán asumidas por la persona titular de la Dirección del Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-09.

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