Articulo 17. Reservas de la Biosfera.
Articulo 17 de la Ley 11/2007, de 29 de marzo, de creación del Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-10030
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-09.
Texto consolidado
A propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, el Consejo de Gobierno aprobará el Plan de Gestión de la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda, en lo que se refiere a su triple finalidad de:
a) Contribuir a la conservación de los paisajes y la diversidad biológica.
b) Fomentar un desarrollo económico y humano sostenible desde los puntos de vista sociocultural y ecológico.
c) Prestar apoyo a proyectos de demostración, de educación y capacitación sobre el medio ambiente y de investigación y observación permanente en relación con cuestiones locales, regionales, nacionales y mundiales de conservación y desarrollo sostenible.