Disposición adicional segunda. Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional segunda de la Ley 11/2007, de 29 de marzo, de creación del Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-10030
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-09.
Texto consolidado
El Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha notificará a la administración forestal encargada del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Castilla-La Mancha, todos aquellos actos administrativos objeto de anotación en el mismo.
Asimismo es obligación de la administración forestal encargada del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Castilla-La Mancha, proceder a la declaración e inclusión de los terrenos adscritos a este Organismo que sean propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuando cumplan los requisitos establecidos en la legislación estatal básica de montes.
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