Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 11/1996, de 19 de diciembre, de Creación de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1997-6620
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-01.
Texto consolidado
Quedan adscritos a este organismo autónomo el patrimonio y los medios materiales que estén incluidos en el Programa 705 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1996, quedando igualmente integrado en la Agencia el personal que se halla incluido en el referido programa presupuestario.