Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-1999-1240
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-11.
Texto consolidado
Los instrumentos de ordenación del territorio establecidos en esta Ley sustituyen, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, a los Planes Directores Territoriales de Coordinación, a los Planes de Conjunto y a las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal con ámbito provincial previstos en la legislación urbanística del Estado.