Disposición adicional primera. Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Disposición adicional primera de la Ley 1/2023, de 15 de marzo, de Calidad Ambiental. · BOE-A-2023-10347
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-13.
Texto consolidado
Las referencias incluidas en la legislación del Principado de Asturias al Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, aprobado por Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, se entenderán hechas a la presente ley a partir de su entrada en vigor.