Disposición adicional primera. Carácter de crédito ampliable.
Disposición adicional primera del Decreto-ley 4/2014, de 26 de agosto, por el que se regula la Renta Básica Extremeña de Inserción. · BOE-A-2014-9903
Atención: Decreto-ley 4/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las asignaciones presupuestarias que en cada ejercicio económico se destinen a la renta básica extremeña de inserción, tendrán el carácter de crédito ampliable, de modo que se garantice la cobertura económica de este derecho a todos los solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en este decreto-ley.
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