Disposición adicional primera. Edición de guía procedimental y de trámites.
Disposición adicional primera del Decreto-Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial. · BOC-j-2012-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-26.
Texto consolidado
La consejería competente en materia de comercio editará, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la Ley 12/2009, de 16 de diciembre, una guía en castellano y otros idiomas de gran implantación en el ámbito de la Unión Europea, comprensiva de los criterios aplicables y la totalidad de trámites del procedimiento para la concesión de la licencia comercial. Todo ello sin perjuicio del cumplimiento de la obligación de prestar el máximo asesoramiento e información individualizada a los ciudadanos.
Más artículos de Decreto Legislativo 1/2012
- ← Artículo 84. Publicidad y ejecución de las sanciones.
- → Disposición adicional segunda. Del Registro de Comerciantes y Comercios de Canarias.
- Ver la norma completa: Decreto-Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial.