Disposición adicional octava. Prescripción de medicamentos autorizados para la dispensación de unidades concretas.
Disposición adicional octava del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación. · BOE-A-2011-1013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-21.
Texto consolidado
Por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad se podrán establecer criterios y requisitos específicos para la prescripción, dispensación y, cuando proceda, facturación de las recetas de medicamentos, respecto de los que se hubiera autorizado la dispensación de unidades concretas.