Disposición adicional octava. Revalorización para el año 2008 de las prestaciones de Gran Invalidez del Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional octava de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008. · BOE-A-2007-22295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
Las prestaciones de gran invalidez destinadas a remunerar a la persona encargada de la asistencia al gran inválido, causadas hasta el 31 de diciembre de 2007 en el Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, experimentarán con efectos de 1 de enero de 2008 un incremento del 2 por ciento, una vez adaptados sus importes a la desviación real del Índice de Precios al Consumo (IPC) en el período noviembre del año 2006 a noviembre del año 2007.
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- Ver la norma completa: Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.