Disposición adicional octava. Consejo de la Calidad, la Sostenibilidad y la Innovación.
Disposición adicional octava de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. · BOE-A-2008-3657
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-04-09.
Texto consolidado
El Consejo de la Calidad, la Sostenibilidad y la Innovación, creado por el artículo 24, debe constituirse dentro de los seis meses posteriores a la fecha de publicación de la presente ley en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».