Disposición adicional octava. Coeficientes de aplicación al RCS en el periodo regulatorio 2021-2026.
Disposición adicional octava de la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado. · BOE-A-2019-18398
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-24.
Texto consolidado
La retribución por continuidad de suministro para el periodo retributivo 2021-2026, conforme al artículo 16 será:
2021
(ene 21-sept 21)
2022
(oct 21-sep 22)
2023
(oct 22-sep 23)
2024
(oct 23-sep 24)
2025
(oct 24-sep 25)
2026
(oct 25-sep 26)
¾ de 95 %
80 %
65 %
50 %
35 %
20 %
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- Ver la norma completa: Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado.