El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto-ley Vigente

Disposición adicional novena. Gestores provisionales de la red troncal de hidrógeno.

Disposición adicional novena del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía. · BOE-A-2023-26452

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-12-29.

Texto consolidado

1. De manera provisional, los gestores de la red de transporte de gas natural conforme a lo dispuesto en el artículo 63 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, podrán:

a) Remitir a la Dirección General de Política Energética y Minas, en un plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, una propuesta de desarrollo de la infraestructura troncal de hidrógeno, no vinculante, con un horizonte de diez años.

b) Actuar como representantes en la Red Europea de Gestores de Redes de Hidrógeno (European Network of Network Operators for Hydrogen).

2. Provisionalmente, por acuerdo de Consejo de Ministros y mediante personas jurídicas separadas horizontalmente, podrán ejercer las funciones de desarrollo de la red troncal de hidrógeno en el ámbito de los proyectos de interés común europeo.

3. Este régimen provisional será de aplicación hasta la designación definitiva de los Gestores de Redes de Hidrógeno con arreglo a las condiciones establecidas en la normativa europea de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-12-29.

Más artículos de Real Decreto-ley 8/2023

En El Vínculo puedes leer Real Decreto-ley 8/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.