Disposición adicional novena. Suscripción de convenios.
Disposición adicional novena del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial. · BOE-A-2020-6838
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-27.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley, deberán suscribirse los convenios a los que se hace referencia en los artículos 14.3 y 15.3.
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