Disposición adicional novena. Bienes muebles catalogados y bienes muebles incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español.
Disposición adicional novena de la Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía. · BOE-A-2026-9798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-04-07.
Texto consolidado
Los bienes muebles catalogados o incorporados al Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, que figuren en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz a la fecha de entrada en vigor de esta ley, tendrán la consideración de bienes de interés patrimonial.
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