Disposición adicional. Sobre la colegiación obligatoria.
Disposición adicional de la Ley 8/2006, de 1 de diciembre, de creación del Colegio Profesional de Ingeniería Técnica en Informática de Galicia. · BOE-A-2007-491
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-02.
Texto consolidado
Quedan exceptuadas de la incorporación obligatoria al Colegio Profesional de Ingeniería Técnica en Informática de Galicia aquellas personas profesionales tituladas vinculadas con la Administración pública mediante relación de servicios de carácter administrativo o laboral, para el ejercicio de funciones puramente administrativas y para la realización de actividades propias de la correspondiente profesión por cuenta de la administración a que pertenezcan, cuando el destinatario inmediato de las mismas sea esa administración.
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