Disposición adicional. Excepción a la incorporación obligatoria al colegio.
Disposición adicional de la Ley 8/2005, de 18 de noviembre, de creación del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-21317
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-25.
Texto consolidado
Quedan exceptuados de la incorporación obligatoria al Colegio Profesional de Higienistas Dentales de la Comunitat Valenciana, a que se refiere el artículo 3 de esta ley, aquellos profesionales que ejerzan exclusivamente al servicio de las administraciones públicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.