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Ley Vigente

Disposición adicional. Voluntariado excluido del ámbito de aplicación de la presente ley.

Disposición adicional de la Ley 25/2015, de 30 de julio, del voluntariado y de fomento del asociacionismo. · BOE-A-2015-9726

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-27.

Texto consolidado

1. Las disposiciones de la presente ley no son de aplicación al voluntariado de protección civil ni al voluntariado en materia de prevención, extinción de incendios y salvamento, a los cuales se aplica su correspondiente normativa específica.

2. La presente ley no se aplica a las acciones solidarias que se llevan a cabo de un modo libre y sin compensación económica y al margen de entidades privadas sin ánimo de lucro, ni tampoco a las acciones solidarias que se llevan a cabo por parentesco, amistad o vecindad, o como consecuencia de una relación civil, académica, funcionarial, laboral o mercantil, o derivada de una obligación jurídica o de pertenencia, ni a las realizadas por interés propio de una persona o colectivo, ni a las actividades realizadas por colectivos no formales o movimientos sociales.

3. La presente ley no se aplica a los proyectos o campañas puntuales que impulsan entidades sin ánimo de lucro o administraciones que movilizan a los ciudadanos por una causa concreta.

4. En cuanto a las entidades y actividades reguladas por una normativa específica, las disposiciones de la presente ley únicamente son de aplicación supletoria.

5. Las disposiciones de la presente ley deben aplicarse sin perjuicio de la legislación sobre cooperación al desarrollo y solidaridad internacional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-27.

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