El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición adicional. Régimen aplicable a los adeudos o abonos correspondientes a operaciones distintas de las de pago.

Disposición adicional de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago. · BOE-A-2009-18118

Atención: Ley 16/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Lo dispuesto en el artículo 43 se aplicará a aquellas operaciones distintas de las contempladas en el apartado 2 del artículo 1, cuyo abono o adeudo se produzca en cuentas de pago u otras cuentas a la vista mantenidas en entidades de crédito.

En el caso de cheques u otras operaciones sujetas a cláusula suspensiva, lo dispuesto en el artículo 43 sólo será de aplicación cuando se haya producido el abono en firme en la cuenta del proveedor de servicios de pago.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-04.

Más artículos de Ley 16/2009

En El Vínculo puedes leer Ley 16/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.