El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional decimoséptima. Adquisiciones a título oneroso de bienes muebles del patrimonio cultural.

Disposición adicional decimoséptima de la Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía. · BOE-A-2026-9798

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-04-07.

Texto consolidado

Cuando las adquisiciones de bienes muebles del patrimonio cultural se destinen a la colección museística de Andalucía, archivos o bibliotecas de titularidad autonómica solo podrán realizarse si cuentan con informe previo favorable emitido por alguno de los órganos consultivos previstos en esta ley. Dichos informes deberán hacer referencia al precio de compra, a la pertenencia del bien al patrimonio cultural, conforme a la definición del artículo 2 de esta ley y a la unicidad del bien a los efectos previstos en el artículo 168.a).2.º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, como requisito inexcusable para la aplicación del procedimiento previsto en esta disposición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2027-04-07.

Más artículos de Ley 4/2026

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2026 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.