Disposición adicional decimoquinta. Medidas de seguridad para la prevención de la violencia, la intolerancia y la discriminación por cualquier motivo en competiciones deportivas.
Disposición adicional decimoquinta de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco. · BOE-A-2023-10639
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.
Texto consolidado
A las competiciones deportivas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley se les aplicarán, en lo no dispuesto por aquella, las medidas de seguridad exigibles por las disposiciones vigentes en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
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