Disposición adicional decimoquinta. Ámbito territorial de la autoridad del transporte metropolitano.
Disposición adicional decimoquinta de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
El Gobierno, en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley y siempre que disponga de los recursos presupuestarios adecuados para afrontar el coste de la ampliación, debe modificar el ámbito territorial definido por el artículo 1 de los Estatutos de la Autoridad del Transporte Metropolitano, consorcio autonómico para la coordinación del sistema metropolitano de transporte público del área de Barcelona, aprobados por el Decreto 151/2002, de 28 de mayo, para ampliarlo con las comarcas de Anoia, Bages, Berguedà y Osona.
Más artículos de Ley 2/2014
- ← Disposición adicional decimocuarta. Desarrollo del Plan de puertos de Cataluña.
- → Disposición adicional decimosexta. Registro de órganos de representación del personal al servicio de la Administració…
- Ver la norma completa: Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.