Disposición adicional decimocuarta. Capacitación lingüística para el reingreso en adscripción provisional del personal funcionario de carrera.
Disposición adicional decimocuarta de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-24.
Texto consolidado
Para el reingreso en adscripción provisional, el personal funcionario de carrera que no tenga reserva de un puesto de trabajo, previsto en el artículo 113.2 de esta ley, deberá acreditar el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido en el momento del ingreso al cuerpo, escala o especialidad en el que reingrese.#df-17#a3-11, y por el art. 7.6 del Decreto-ley 5/2024, de 13 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-721, publicados, respectivamente en los BOIB núms. 162 y 163, el día 13 de diciembre de 2024.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Illes Balears..
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