Disposición adicional décima. Alimento del año.
Disposición adicional décima de la Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria. · BOE-A-2019-6774
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.
Texto consolidado
Al objeto de promocionar, fomentar su consumo y difundir el conocimiento sobre sus propiedades, reglamentariamente el Gobierno distinguirá como «Alimento del año», al alimento que, a propuesta de los departamentos con competencia en calidad agroalimentaria y promoción de la salud, resulte de especial interés para Canarias.