Disposición adicional décima. Referencia a la entidad pública de protección de menores.
Disposición adicional décima de la Ley 2/2024, de 15 de febrero, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2024-4784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-29.
Texto consolidado
1. En lo que afecta a la actuación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, las referencias que se establecen en esta ley a la entidad pública de protección de menores se entienden referidas a la diputación foral competente territorialmente.
2. Corresponde a la diputación foral competente territorialmente la emisión de los informes referidos a la situación de las personas menores de edad que la legislación sectorial atribuya, de forma específica, a las entidades públicas de protección de menores.