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Real Decreto Vigente

Disposición adicional cuarta. No incremento del gasto público.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos. · BOE-A-2017-1935

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-05-25.

Texto consolidado

Las medidas incluidas en esta norma serán atendidas con las dotaciones presupuestarias ordinarias y no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-05-25.

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