El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Vigente

Disposición adicional cuarta. Cobertura de plazas por Jueces de provisión temporal.

Disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, por la que se reforma la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. · BOE-A-1994-24612

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-12-09.

Texto consolidado

La provisión de plazas por Jueces en régimen de provisión temporal se mantendrá por un período de cinco años desde la entrada en vigor de la presente Ley, a partir de cuyo momento las vacantes que no puedan cubrirse por Jueces titulares deberán ser provistas exclusivamente en la forma establecida en el apartado 2 del artículo 212 de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-12-09.

Más artículos de Ley Orgánica 16/1994

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 16/1994 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.