Disposición adicional cuarta. Escalas que se suprimen.
Disposición adicional cuarta de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-16.
Texto consolidado
1. Se suprime la escala de abogados del Servicio de Salud de las Illes Balears. El personal funcionario de esta escala se integra en el cuerpo de abogacía.
2. Se suprime la escala de inspectores de transportes terrestres. El personal funcionario de esta escala se integra en el cuerpo superior.
3. Se suprime la escala de ingenieros de caminos, canales y puertos. El personal funcionario de esta escala se integra en la escala de ingeniería del cuerpo facultativo superior.
4. Se suprime la escala de ingenieros técnicos de obras públicas. El personal funcionario de esta escala se integra en la escala de ingeniería técnica del cuerpo facultativo técnico.
5. Se suprime la escala de intervención, del cuerpo superior de la Comunidad Autónoma. El personal funcionario de esta escala se integra en el cuerpo de intervención y auditoría de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.#df-2
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears..