Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 2/2001, de 7 de marzo, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares en Materia de Ordenación del Territorio. · BOE-A-2001-7024
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-16.
Texto consolidado
Los funcionarios y el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma que sean transferidos en cumplimiento de esta Ley, mantendrán los derechos que les corresponden, incluido el de participar en los concursos de traslado que convoque dicha administración, en igualdad de condiciones que los demás miembros de la misma categoría o del mismo cuerpo.