Disposición adicional cuarta. Información de los trabajos de la Comisión Interdepartamental para la Concreción de una Estrategia Interdepartamental e Integral ante la Desaparición Forzada de Menores.
Disposición adicional cuarta de la Ley 16/2020, de 22 de diciembre, de la desaparición forzada de menores en Cataluña. · BOE-A-2021-463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-25.
Texto consolidado
1. El Gobierno debe informar al Parlamento del resultado y las conclusiones de los trabajos de la Comisión Interdepartamental para la Concreción de una Estrategia Interdepartamental e Integral ante la Desaparición Forzada de Menores, creada por el Acuerdo GOV/148/2019, de 22 de octubre.
2. El Gobierno de Generalidad debe dar traslado al Gobierno del Estado del resultado y las conclusiones de los trabajos de la Comisión Interdepartamental para la Concreción de una Estrategia Interdepartamental e Integral ante la Desaparición Forzada de Menores, a los efectos de lo establecido por el artículo 8.1 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto orgánico del Ministerio Fiscal.