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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Plazo para examen y comprobación de las Cuentas Generales de Aragón.

Disposición adicional cuarta de la Ley 11/2009, de 30 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Aragón. · BOE-A-2010-2162

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-20.

Texto consolidado

La Cámara de Cuentas, dentro del plazo de seis meses desde su renovación, procederá al examen y comprobación de las Cuentas Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón que se hayan rendido ante la Cámara de Cuentas saliente y sobre las que no exista pronunciamiento definitivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-20.

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