Disposición adicional cuarta. Creación del Registro de Centros de Adiestramiento.
Disposición adicional cuarta de la Ley 1/2014, de 21 de febrero, de perros de asistencia. · BOE-A-2014-3754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-02.
Texto consolidado
En el momento oportuno, se creará el Registro de Centros de Adiestramiento y quedará vinculado a lo que determine la administración competente en servicios sociales.