Disposición adicional centésima décima quinta. Convocatoria de ayudas a la inversión para instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables.
Disposición adicional centésima décima quinta de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. · BOE-A-2017-7387
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-29.
Texto consolidado
Uno. Con efectos desde el año 2017, se podrán convocar procedimientos para la concesión de ayudas a la inversión para instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables conectadas al sistema eléctrico, con cargo al superávit eléctrico generado hasta la entrada en vigor de la presente ley, en proyectos susceptibles de ser cofinanciados con Fondos FEDER. La cuantía máxima con cargo al sistema eléctrico será de 60 millones de euros.
Dos. Se habilita al Ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a establecer las disposiciones necesarias en la aplicación y control de dicho sistema de ayudas, en relación con las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables conectadas al sistema eléctrico.
Más artículos de Ley 3/2017
- ← Disposición adicional centésima décima cuarta. Porcentaje de afectación a fines de los recursos obtenidos por la Ofic…
- → Disposición adicional centésima décima sexta. Compensación por costes adicionales derivados de la financiación del ap…
- Ver la norma completa: Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.