Decimoquinta. Permiso único.
Decimoquinta de la Orden PCM/1238/2021, de 12 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2021, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que ejercen actividad en el sector audiovisual. · BOE-A-2021-18582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-14.
Texto consolidado
La autorización de residencia para profesionales del sector audiovisual conforme a estas instrucciones se tramitará y emitirá conforme a lo dispuesto en la Directiva 2011/98/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.
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