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Resolución Derogada

Cuarto. Control documental.

Cuarto de la Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España. · BOE-A-2021-9352

Atención: BOE-A-2021-9352 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El control documental se realizará de acuerdo con la información facilitada por los pasajeros como declaración responsable en el formulario de control sanitario a través de SpTH, a partir de la cual podrán derivarse las actuaciones que sean necesarias, en su caso, y que se describen posteriormente.

En caso de proceder de un país o zona de riesgo el pasajero deberá aportar la información y documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de entrada contemplados en el apartado quinto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-07.

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