Cuarto.
Cuarto de la Resolución de 24 de noviembre de 1995, de la Secretaría General-Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determina la forma de etiquetado de los paquetes conteniendo armas para su transporte. · BOE-A-1995-27425
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-12-22.
Texto consolidado
Las etiquetas deberán responder a las especificaciones siguientes:
1. Serán de color naranja fosforescente, cuadradas y de dimensiones mínimas de 100 x 100 milímetros.
2. En ellas, en la parte superior y con letras mayúsculas, se inscribirá la palabra «Armas».
3. Las inscripciones y números se imprimirán en negro en todas las etiquetas.
4. El expedidor debe consignar en cada etiqueta, debajo de «Armas», y bajo el epígrafe «Contenido», la siguiente expresión: «Este paquete contiene las armas que figuran en la guía de circulación».