Cuarto.
Cuarto de la Orden de 9 de noviembre de 1968 por la que se aprueban las normas para la constitución, funcionamiento y registro de las Asociaciones de Estudiantes. · BOE-A-1968-1316
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1968-12-02.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses, a partir de la fecha de esta Orden, los Presidentes de Asociaciones legalmente constituidas celebrarán una Asamblea para elaborar y proponer el adecuado desarrollo del asociacionismo estudiantil regulado en el Decreto 2248/1968.