Cuarta. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
Cuarta del Decreto-ley 3/2021, de 12 de febrero, del Consell, de medidas extraordinarias en materia de artesanía para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia de la Covid-19. · DOGV-r-2021-90064
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-18.
Texto consolidado
1. La solicitud se tendrá que presentar de manera telemática en la sede electrónica de la Generalitat, a través del procedimiento habilitado al efecto (http://sede.gva.es), accediendo a la GUÍA PROP, «Trámites y servicios». Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento diferente del descrito aquí, será inadmitida. Solamente se presentará una solicitud por empresa.
2. Para la tramitación telemática se tendrá que disponer de firma electrónica avanzada, con un certificado admitido por la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es).
3. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el 1 de marzo de 2021 y finalizará el 15 de marzo de 2021.
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