El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Cuadragésimo segundo. Comisión de valoración.

Cuadragésimo segundo de la Orden APU/293/2006, de 31 de enero, de desarrollo y aplicación del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades locales. · BOE-A-2006-2305

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-02-12.

Texto consolidado

La instrucción del procedimiento y evaluación de los proyectos presentados se realizará por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: Director General de Cooperación Local, o persona en quien delegue.

Vicepresidente: Subdirector General de Análisis Económico de Entidades locales, o persona en quien delegue.

Vocales: Dos funcionarios del Ministerio de Administraciones Públicas, designados por el Director General de Cooperación Local y un representante técnico de la asociación de Entidades locales de ámbito estatal con mayor implantación, nombrado por el Director General de Cooperación Local a propuesta de dicha asociación.

Secretario: Un funcionario de la Subdirección de Análisis Económico de Entidades locales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-12.

Más artículos de Orden APU/293/2006

En El Vínculo puedes leer Orden APU/293/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.