Artículo uno.
Artículo uno del Real Decreto 2434/1977, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea. · BOE-A-1977-23555
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-10-14.
Texto consolidado
Los Controladores de la Circulación Aérea, que constituyen un Cuerpo de la Administración Civil del Estado, tienen como misión profesional y específica la regulación de las operaciones relativas a la ordenación y seguridad del tránsito aéreo en el espacio aéreo de soberanía y el asignado a España por Acuerdos internacionales.