Artículo único. Aprobación.
Artículo único del Real Decreto 865/1997, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 3/1996, de 10 de enero, sobre medidas de control de sustancias químicas catalogadas susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de drogas. · BOE-A-1997-12509
Atención: Real Decreto 865/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Por el presente Real Decreto se aprueba el Reglamento de la Ley 3/1996, de 10 de enero, sobre medidas de control de sustancias químicas catalogadas, susceptibles de desvío para la fabricación ilícita de drogas, que se inserta a continuación, en el ejercicio de la competencia de desarrollo reglamentario que atribuye al Gobierno la disposición final segunda de dicha Ley.
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