Artículo único. Creación de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y aprobación de su estatuto.
Artículo único del Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto. · BOE-A-2007-19491
Atención: Real Decreto 1495/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En virtud de la autorización prevista en la disposición adicional segunda de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, el presente real decreto tiene por objeto la creación de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, a cuyo fin, se aprueba su estatuto, cuyo texto se inserta a continuación.