Artículo único.
Artículo único de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. · BOE-A-2007-4233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-02.
Texto consolidado
Se modifica el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado mediante Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, dándose una nueva redacción a su preámbulo, a determinados artículos, a determinadas disposiciones adicionales y transitorias, a las denominaciones de todos sus artículos, de algunos de sus capítulos y títulos y de todas sus disposiciones adicionales y transitorias; incorporando, asimismo, determinados artículos, capítulos, títulos y disposiciones adicionales y transitorias y renumerando todos los títulos, capítulos, artículos y disposiciones adicionales y transitorias, de tal manera que el texto del citado Estatuto de Autonomía de las Illes Balears es del siguiente tenor: