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Ley Orgánica Vigente

Artículo treinta y siete.

Artículo treinta y siete de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. · BOE-A-1981-10325

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-05-27.

Texto consolidado

La dotación económica necesaria para el funcionamiento de la institución constituirá una partida dentro de los Presupuestos de las Cortes Generales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-05-27.

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