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Ley Orgánica Vigente

Artículo treinta y seis.

Artículo treinta y seis de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. · BOE-A-1981-10325

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-05-27.

Texto consolidado

Los adjuntos y asesores cesarán automáticamente en el momento de la toma de posesión de un nuevo Defensor del Pueblo destinado por las Cortes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-05-27.

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