El Vínculo El Vínculo.
Decreto Vigente

Artículo treinta y cuatro. Beneficiarias del subsidio.

Artículo treinta y cuatro del Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General que determina la cuantía de las prestaciones económicas del Régimen General de la Seguridad Social y condiciones para el derecho a las mismas. · BOE-A-1966-21116

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1967-01-01.

Texto consolidado

Tendrán derecho al subsidio temporal de viudedad las viudas que se encuentren comprendidas en lo preceptuado en el artículo ciento sesenta y uno de la Ley de la Seguridad Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1967-01-01.

Más artículos de Decreto 3158/1966

En El Vínculo puedes leer Decreto 3158/1966 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.