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Real Decreto Vigente

Artículo tercero.

Artículo tercero del Real Decreto 3261/1977, de 1 de diciembre, por el que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6.º de la Ley 36/1977, de 23 de mayo. · BOE-A-1977-30731

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-12-22.

Texto consolidado

Para ser admitido a las pruebas selectivas previas al ingreso en los Cuerpos y plazas de la Administración Penitenciaria será necesario:

Primero. Ser español.

Segundo. Ser mayor de edad y no haber cumplido los treinta y un años para los Cuerpos Especiales Masculino y Femenino y de Ayudantes, y los cuarenta y seis para los restantes Cuerpos y plazas no escalafonadas.

Del límite máximo de edad quedarán exceptuados los aspirantes que sean funcionarios de carrera de otros Cuerpos o plazas de la Administración Penitenciaria.

Tercero. Estar en posesión del título que para cada Cuerpo o plaza se exija en los artículos cuarto y quinto.

Cuarto. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Quinto. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, ni de la Administración Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Sexto. Carecer de antecedentes penales por la comisión de delitos dolosos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1977-12-22.

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