Artículo tercero.
Artículo tercero del Real Decreto 3000/1979, de 7 de diciembre, sobre regulación de procesos industriales en el sector del aceite de oliva. · BOE-A-1980-1206
Atención: Real Decreto 3000/1979 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se considera refinado todo aceite que mediante tratamientos autorizados haya sido neutralizado decolorado y desodorizado.