Artículo tercero.
Artículo tercero del Real Decreto 1523/1982, de 18 de junio, por el que se crea la Real Orden del Mérito Deportivo. · BOE-A-1982-17501
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-08-03.
Texto consolidado
Uno. La Real Orden del Mérito Deportivo constará de las siguientes categorías, cuando se conceda a título individual:
– Gran Cruz.
– Medalla de Oro.
– Medalla de Plata.
– Medalla de Bronce.
Dos. Cuando la distinción se conceda a Personas Jurídicas, Organismos o Entidades, adoptará la denominación siguiente:
– Placa de Oro.
– Placa de Plata.
– Placa de Bronce.