El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo tercero.

Artículo tercero de la Ley 28/1987, de 11 de diciembre, por la que se crea la Agencia para el Aceite de Oliva. · BOE-A-1987-27597

Atención: Ley 28/1987 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La estructura orgánica se establecerá reglamentariamente.

2. Se incluirá en la misma un Consejo asesor, como órgano colegiado de carácter consultivo, del que formarán parte representantes del Estado, de las Comunidades Autónomas que decidan integrarse en dicho organismo y de los sectores productor, transformador, comercializador y consumidor.

La composición y funciones del órgano colegiado se determinarán reglamentariamente y su régimen de acuerdos será el establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-12-13.

Más artículos de Ley 28/1987

En El Vínculo puedes leer Ley 28/1987 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.